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Calendario Escolar

Calendario Escolar 2009-2010, Madrid . Resumen de normativa

  • Resumen de las instrucciones de la Viceconsejería de Educación por las que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso escolar 2009/2010 en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria, formación profesional de grado superior, enseñanzas de régimen especial y educación de personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid.

    PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL


    1.- Actividades Escolares. Las actividades escolares se desarrollarán entre el día 1 de septiembre de 2009 y el 30 de junio de 2010, salvo las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Centros específicos de primer y segundo Ciclo de Educación Infantil que desarrollarán su actividad escolar entre el día 1 de septiembre de 2009 y el 30 de julio de 2010, con excepción, en todos los casos, de las correspondientes vacaciones y días festivos.

    2.- En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Centros específicos de primer y segundo ciclo de Educación Infantil las actividades lectivas darán comienzo el día 4 de septiembre de 2009 y finalizarán el día 30 de julio de 2010. Los niños escolarizados en unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Centros específicos de Educación Infantil de primer ciclo sostenidos con fondos públicos podrán hacer uso del calendario de primer ciclo de Educación Infantil, en las condiciones que oportunamente establezca la Consejería de Educación.

    3.- En los Colegios Públicos y otros centros que imparten Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Especial, las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2009 y finalizarán el 23 de junio de 2010.





    EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS.


    1.- Actividades Escolares. Las actividades escolares se desarrollarán entre el 1 de septiembre de 2009 y el 30 de junio de 2010, con excepción de las correspondientes vacaciones y días festivos

    2.- Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior comenzarán sus actividades lectivas el día 16 de septiembre de 2009, excepto en el primer curso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio que comenzarán el 21 de septiembre de 2009 y en el primer curso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior que comenzarán el 5 de octubre de 2009.

    Las actividades lectivas terminarán el día 23 de junio de 2010, excepto para el alumnado de Segundo de Bachillerato que finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de la celebración de las pruebas de acceso a la Universidad. No obstante, la finalización de las actividades de docencia directa con los alumnos deberá estar acorde con lo establecido en el Anexo II del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, BOE de 6 de noviembre de 2007 y su corrección de errores en el BOE de 7 de noviembre de 2007.



    PERIODOS VACACIONALES

    De Navidad. Las vacaciones de Navidad comprenderán desde el día 23 de diciembre de 2009 hasta el día 7 de enero de 2010, ambos inclusive, excepto en las Escuelas Infantiles y Centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos que comprenderán desde el 24 de diciembre de 2009 hasta el 6 de enero de 2010, ambos inclusive.

    De Semana Santa. Las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 27 de marzo hasta el 4 de abril de 2010.

    De verano. Las vacaciones de verano se iniciarán el día 1 de julio de 2010 excepto en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Centros específicos de primer y segundo ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos en los que se iniciarán el 31 de julio de 2010. En todos los centros terminarán el día anterior al comienzo del curso 2010/2011.



    DÍAS FESTIVOS

    - 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

    - 8 de diciembre: Fiesta de la Inmaculada Concepción

    - Los días de fiesta local que haya determinado cada municipio para el año 2009 y así aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

    - Los que determine la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2010 en el ejercicio de sus competencias.

    - Los días de fiesta nacional no trasladable que se establezcan para el año 2010.

    - Los días de fiesta local que determine cada municipio para el año 2010 y así aparezcan publicados

    - 7 de diciembre de 2009

    - 8 de enero de 2010

    - 29 de enero de 2010: día de celebración unificado del Patrono de cada nivel de enseñanza.

    - 26 de marzo de 2010

    - 5 de abril de 2010